La Corte Suprema de Justicia de Argentina ratificó este jueves la condena a cinco años de prisión al exvicepresidente Amado Boudou, por la apropiación de la empresa calcográfica Ciccone, informó la agencia Télam.
El exfuncionario kirchnerista había sido sentenciado en 2018 por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública. Si bien pasó dos períodos en la cárcel, actualmente se encuentra detenido bajo el régimen de prisión domiciliaria.
Pese a su condena de prisión efectiva, en abril de este año, el juez de Ejecución Penal Daniel Obligado le concedió la prisión domiciliaria en atención al “actual contexto mundial de emergencia sanitaria”.
“El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible. Por ello, se desestima la presentación directa”, señaló la Corte en su decisión.
En ese mismo párrafo, el escrito cita el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial que dispone que “la Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”.
La invocación de este artículo implica que los cinco miembros del tribunal no consideran pertinente su intervención y ratifican así lo actuado en las instancias inferiores.
De ahora es más, Boudou podría recurrir a tribunales internacionales para que se revise su condena, a sabiendas de que deberían probarse irregularidades importantes durante el proceso como para que la justicia argentina, a sugerencia del organismo supranacional, reabra el expediente y valore nuevamente la sentencia.
Con esta decisión, la defensa de Boudou buscará ahora que el exvicepresidente permanezca con la prisión domiciliaria, concedida en abril, y que no vuelva a cumplir su condena al penal de Ezeiza.
El lugar en el que cumplirá Boudou su condena será decisión del juez Obligado, que fue el mismo que le habilitó la domiciliaria y ahora podría revocársela si entiende que se modificaron las circunstancias en la que se concedió, sea por el momento sanitario de la pandemia o por la definición de la Corte.
RT y Télam
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