El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio luz verde para que los frentes políticos que participan de las elecciones subnacionales del 7 de marzo puedan realizar propaganda en los diferentes medios de comunicación autorizados hasta el 3 de marzo.
Estableció tiempos límites en radio y televisión, así como los espacios en las páginas de los periódicos y las transmisiones de eventos de los candidatos.
Por otro lado, en las redes sociales y los espacios digitales, no existe límite para reflejar las diferentes actividades que realizan.

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Desde el Órgano Electoral también establecen tres prohibiciones al momento de acudir a la promoción de cada postulante.
El calendario electoral de la elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales 2021 establece como actividad N°50 la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación hasta el 3 de marzo.
El inciso b) del artículo 116 de la Ley de Régimen Electoral determina que el periodo de propaganda está permitido en medios de comunicación desde 30 días antes del día de los comicios hasta 72 horas antes de la jornada electoral.
En caso de segunda vuelta electoral, o repetición de elección por empate o anulación de mesa, el plazo para la propaganda en medios de comunicación será desde la convocatoria hasta 72 horas antes del día de la segunda votación.
LAS REGULACIONES
La propaganda electoral, según el TSE debe estar identificada con el nombre y símbolo de la organización política o alianza que la promueve y antes de la difusión debe ponerse el rótulo “espacio solicitado” por al menos un segundo.
Está sujeta a tiempos y espacios máximos. Por ejemplo, en redes de canales de televisión y emisoras de radio de alcance nacional, departamental, regional y municipal un máximo de 10 minutos diarios.
En periódicos, se permite un máximo de dos páginas diarias y en una separata semanal de hasta 12 páginas en tamaño tabloide. Para revistas, se establece un máximo de dos páginas y en una separata de hasta 12 páginas por edición.
Los actos públicos de proclamación y cierres de campaña pueden ser difundidos por los medios de televisión y radio por un lapso máximo de 2 horas continuas o discontinuas, en directo y/o diferido, serán computables por nivel del alcance de las candidaturas y tipo de medio.
La transmisión también debe identificarse como ‘espacio solicitado’ durante su difusión.

En medios digitales y redes sociales digitales no existe limitación de tiempo, informó el TSE en su portal.
Asimismo, establece tres prohibiciones al momento de realizar la propaganda electoral. No se puede utilizar símbolos, lemas, materiales electorales u otros identificativos de cualquier órgano o entidad del Estado; tampoco la imagen de personas individuales sin su autorización y, finalmente, los discursos de odio.
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