En el marco de la normativa vigente, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) establece multas para jurados, notarios, servidores públicos y ciudadanos que incumplan sus obligaciones durante la jornada electoral del 22 de marzo.
Según el informe de Fuente Directa, las multas están establecidas en el marco del artículo 236 de la Ley 026 y la Resolución TSE-RSP-ADM Nº 428/2024 sobre faltas y sanciones electorales. Las sanciones fueron determinadas en función del salario mínimo nacional vigente y se aplicarán según la gravedad de las infracciones.
¿Cuáles son las faltas y sanciones?:
Para jurados electorales
De acuerdo a normativa electoral, los jurados electorales que incurran en faltas como negarse a firmar el acta electoral, no consignar resultados, no asistir injustificadamente, abandonar la mesa de sufragio o no reportar irregularidades, deberán pagar una multa equivalente al 50% del salario mínimo, es decir, Bs 1.650
Por otro lado, las faltas consideradas de carácter intermedio, como ausentarse temporalmente sin autorización, no devolver el material electoral o incumplir los horarios de votación, serán sancionadas con una multa del 30% del salario mínimo, equivalente a Bs 990.
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Para notarios electorales
Los notarios electorales que no cumplan con sus funciones, como asistir a la organización y capacitación de jurados, brindar apoyo el día de la votación o realizar reportes en los sistemas de monitoreo, deberán pagar una multa del 50% del salario mínimo (Bs 1.650). Esta sanción también se aplicará a quienes no distribuyan oportunamente el material electoral a las mesas de sufragio
Para servidores públicos
Bajo la misma norma, en cuanto a los servidores públicos, aquellos que circulen en vehículos oficiales sin autorización el día de la elección o no exijan el certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores serán sancionados con el 20% del salario mínimo, equivalente a Bs 660
Para particulares
Para la ciudadanía, el TSE dispuso multas de Bs 660 (20% del salario mínimo) para quienes no emitan su voto, no presenten el certificado de sufragio, circulen en vehículos sin autorización o incumplan disposiciones electorales
Asimismo, quienes no se inscriban en el padrón electoral o lo hagan con datos incompletos deberán pagar Bs 330 (10% del salario mínimo). La misma sanción de Bs 660 se aplicará a funcionarios de entidades financieras que no exijan el certificado de sufragio en los casos establecidos por ley.
Correo del Sur












