El diputado (MAS) Víctor Borda señaló ayer que la ley que pospone el pago de créditos hasta el 31 de diciembre de 2020 ya está reglamentada. Argumentó que esta se rige bajo lo dispuesto en el Decreto Supremo 4206 del 1 de abril, el cual establece los parámetros de aplicación de la Ley 1294 y que establece la cobertura universal del diferimiento.
“Ya no puede haber una reglamentación porque esta ley ya fue reglamentada; esa acción es contraria al ordenamiento jurídico legal y a la Constitución Política del Estado. Esto implica a un solo artículo de la Ley 1294 que ya está reglamentada y que alcanza a todos los deudores del sistema financiero”, precisó el diputado Borda.
El diputado, además indicó que exigió al Órgano Ejecutivo desistir de su intento de reglamentar la ley, al considerar que esa acción es contraria al ordenamiento jurídico legal.
“El decreto es una norma jurídica de rango inferior a una ley, una reglamentación no puede regular materias reservadas a la ley; y esto hago referencia porque el 1 de abril, el Gobierno promulgó una ley excepcional de diferimiento de pago de créditos y pago de servicios básicos. Esta ley ya fue reglamentada a través de Decreto Supremo 4206”, agregó.
Cabe recordar que el pasado miércoles, el ministro de Economía Óscar Ortiz anunció que la reglamentación de la Ley 1319 se realizará con la participación del Banco Central de Bolivia (BCB), la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), la Autoridad de Pensiones y Seguros (APS), además de representantes de la banca y otros sectores, labor que, anunció Ortiz, estará concluida este mes.
Asimismo, el ministro de la Presidencia Yerko Núñez indicó que el nuevo diferimiento de créditos alcanzará a la mayor parte de los sectores económicos del país, pero que en la reglamentación de la norma se diferenciará a aquellos que pueden pagar sus créditos y a los que no lo pueden hacer.
“Está claro que este es un beneficio, sobre todo para las familias que más necesitan. Por tanto, esta medida debe ser puesta en práctica, identificando a esas familias más necesitadas y diferenciarlas de aquellas que están en condiciones de asumir esta obligación de pago”, dijo el ministro Núñez.
La Ley 1294 de diferimiento de pago de créditos fue reglamentada por dos decretos supremos, primero por el DS 4206 del 1 de abril y posteriormente por el DS 4248 del 28 de mayo.
El primer decreto reglamentario fue duramente criticado por varios sectores, debido a que, en su texto, establecía que el diferimiento de créditos introducido por la Ley 1294 sólo tenía vigencia por los meses de marzo, abril y mayo, por lo que los deudores debían resumir el pago de sus obligaciones a partir de junio, mientras que la Ley 1294 indicaba en su redacción que el diferimiento tenía vigencia desde el inicio de la emergencia sanitaria, hasta seis meses después del levantamiento de esta.
El DS 4206, al que hace alusión el diputado Borda, no establece a quiénes beneficia la ley, sino que autoriza a las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) a realizar el diferimiento de créditos, así como establecer la prohibición de realizar cobros extraordinarios a los prestatarios.
Debido a esta interpretación de la ley y frente a amenazas de movilizaciones por parte de los sectores económicos afectados, y de interpelación al Ministro de Economía por parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), el Gobierno emitió el DS 4248, por el cual el plazo del diferimiento se extiende por tres meses más (junio, julio y agosto).
Sin embargo, el alcance de la norma no incluye a los deudores asalariados o funcionarios públicos, indicando que estos debían negociar con sus bancos, si es que sus ingresos habían sido afectados por las medidas de la emergencia sanitaria de la Covid-19 y no se encontraban en condiciones de retomar el pago de sus créditos.
Afectación a la banca
El presidente del Colegio Nacional de Economistas de Bolivia (Coneb) Jorge Akamine recomendó ayer al Gobierno cuidar que la ley que amplía el diferimiento no afecte al sistema financiero.
“Desde el Colegio de Economistas vemos obviamente con buenos ojos la Ley 1319, sólo que recomendamos que se tomen medidas para que el sector financiero no vaya a sufrir algunas consecuencias como la falta de liquidez”, aseguró Akamine.
El presidente de Coneb aseguró que el sistema financiero es considerado un sector importante para la reactivación de la economía luego de atravesar los efectos de la pandemia del coronavirus.
Pagina Siete











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