El canciller Rogelio Mayta indicó que EEUU antes de pedir la extradición del exjefe antinarcóticos Maximiliano Dávila deberá valorar cómo operará la reciprocidad. Según la autoridad, ese país no cumplió su parte con los casos de Gonzalo Sánchez de Lozada (Goni) y Carlos Sánchez Berzaín por los hechos de octubre de 2003.
“Aquí hay un elemento que probablemente en su momento deba ser valorado cuidadosamente, tanto por las autoridades estadounidenses como por las autoridades bolivianas en sus instancias de Ejecutivo y en la instancia de la justicia, y es que en las relaciones internacionales prima mucho la reciprocidad, la gentileza de Estado a Estado y ¿EEUU, hasta este momento, cuál es la gentileza que ha tenido en relación de extradiciones? Ninguna”, declaró Mayta ayer a los medios estatales.
El canciller señaló que el caso de Sánchez de Lozada y de Sánchez Berzaín está “en nada durante años”. “Entonces, probablemente, ellos tengan que valorar, el momento de pedirnos algo, cómo va a operar la reciprocidad. Ellos no han cumplido su parte. Han ignorado la solicitud de Bolivia”, aseguró.
Carlos Romero, exministro de Gobierno durante el mandato de Evo Morales, planteó el jueves pasado un “cambalache” con EEUU entre Dávila y Sánchez Berzaín y Arturo Murillo.
Dos casos de ejemplo
Mayta indicó que en este momento Bolivia tiene dos casos que sirven como ejemplo de la situación. El primero es el de Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín y el segundo de Murillo.
Respecto al primero, el canciller indicó que había orden de búsqueda y captura internacional, para que una vez que operase se pida la detención preventiva con fines de extradición, pero nunca se llegó a esa situación.
“EEUU simplemente no quiso atender, nunca detuvo a Sánchez de Lozada, nunca detuvo a Sánchez Berzaín”, expresó.
Diferencias en trámites
Mayta explicó que hay diferencias entre una solicitud de detención preventiva con fines de extradición y un pedido de extradición. En el caso de Dávila, la autoridad indicó que EEUU tramita el primero.
“Hay dos procesos que son diferentes. Uno que es el primero, la detención preventiva con fines de extradición. Cuando se detiene, recién el Estado, que está requiriendo, o que va a requerir, puede plantear la extradición, que es otro proceso. Entonces hay dos. El tratado de extradición de 1995, que tenemos entre Bolivia y EEUU, permite que se pida solo la extradición o que primero, antes de la extradición, la detención preventiva con fines de extradición”, afirmó el jefe de la diplomacia nacional. Agregó que EEUU, estando Dávila detenido por otros delitos, optó por pedir inicialmente la detención preventiva con fines de extradición. Explicó que el trámite opera de la siguiente forma: la Embajada de EEUU lo presenta a la Cancillería, que revisa si cumple los requisitos formales, y si cumple, se remite al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que es la instancia que decide si se detiene o no preventivamente a la persona. Si el TSJ determina su detención, EEUU tendrá 60 días para formalizar su solicitud de extradición. Con todo, Mayta indicó que “en todo este trámite no hay plazos”.
¿EEUU, hasta este momento, cuál es la gentileza que ha tenido en relación de extradiciones? Ninguna
Rogelio Mayta, ministro de Relaciones Exteriores
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