El presidente del Colegio de Abogados de Yacuiba cuestionó la actuación del concejal Marco Velázquez y le marcó un límite claro: una vez presentada una denuncia por un supuesto hecho delictivo, corresponde al Ministerio Público investigar y determinar responsabilidades, y no al concejal asumir funciones propias de una investigación penal.
El abogado sostuvo que Velázquez cumplió con su función de fiscalización al identificar una presunta irregularidad y ponerla en conocimiento de la Policía y la Fiscalía. Sin embargo, señaló que a partir de ese momento debe dejar que las autoridades competentes desarrollen el proceso.
“El trabajo del concejal de fiscalización hasta su denuncia es el trabajo que creo que él tenía que haber realizado. Y está bien”, afirmó.
Pero aclaró que el rol del concejal cambia una vez presentada la denuncia.
“Desde ese momento, lo único que puede hacer es proponer diligencias como denunciante, hacer un requerimiento, solicitar, sumar pruebas, aumentar pruebas. Pero no puede realizar actos de investigación”, explicó.
El presidente del Colegio de Abogados fue enfático al señalar que la facultad de fiscalización no otorga a un concejal atribuciones para convertirse en investigador dentro de un proceso penal.
“Él tiene la potestad de fiscalizar. Él fiscalizó una situación, identificó que hay una irregularidad, supuestamente se adecua a un hecho delictivo. El hecho delictivo se ha puesto a conocimiento de autoridad competente”, manifestó.
Por ello, remarcó que será la autoridad competente la que deberá establecer si existe responsabilidad y quiénes serían los responsables.
“Repito, el concejal no puede realizar actos de investigación como asignado al caso fiscal”, sostuvo.
El abogado pidió, en los hechos, que Velázquez deje que la Fiscalía cumpla con su trabajo y se mantenga dentro de las atribuciones que le corresponden como autoridad municipal.
“Ya está aperturado, ahora hay que dejar que las autoridades competentes hagan y realicen su trabajo”, afirmó.
También advirtió sobre las consecuencias que puede tener intentar obtener declaraciones directamente de una persona que está siendo investigada. Recordó que cualquier investigado tiene derecho a guardar silencio o a declarar dentro del proceso con las garantías legales correspondientes.
En ese sentido, cuestionó que se intente interrogar a una persona sobre lo que hizo o dejó de hacer fuera de los mecanismos propios de una investigación y sin el correspondiente asesoramiento legal.
“Si yo voy a una persona que supuestamente está siendo investigada dentro de un proceso, le estoy yendo a preguntar qué ha hecho, qué no ha hecho, le estoy tratando de obligar a decir lo que él no quiere, que es peor si no tiene un asesoramiento legal”, explicó.
El presidente del Colegio de Abogados también se refirió a las dos abogadas que cuestionaron la actuación de Velázquez y señaló que ellas inicialmente acudieron personalmente ante el concejal para pedirle que no continúe con ese tipo de acciones, argumentando que estarían generando amedrentamiento, miedo o temor en la persona involucrada y su familia.
Afirmó además que las profesionales podrían asumir las acciones legales que correspondan para evitar que esta situación vuelva a repetirse.
La posición del representante de los abogados es concreta: Velázquez puede fiscalizar, denunciar y aportar pruebas o solicitar diligencias como denunciante, pero no puede asumir el papel de investigador ni reemplazar las funciones que corresponden al Ministerio Público.
“Él proponga lo que tenga que proponer, lo considerará un cual fiscal, ese es el aparato, ese es el modo en que se tiene que actuar para que se aplique en este caso la justicia”, concluyó.
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