Página Siete Digital
El Sindicato de Trabajadores del diario cruceño El Deber se declaró en emergencia este jueves debido a los «despidos injustificados de trabajares», pese a la estabilidad laboral que dispuso el Gobierno durante la pandemia por el coronavirus.
A través de un comunicado anunciaron que hará todos los esfuerzos para defender a quienes recibieron la carta de despido y exhortaron a los dueños del matutino a que cumplan con las disposiciones estatales.
La carta del sindicato señala lo siguiente:
Desde el miércoles 24 de junio la empresa EL DEBER S.A. ha comenzado una serie de desvinculaciones, incumpliendo la CPE que garantiza la estabilidad laboral, la Ley del Trabajo, que las únicas causales de despido son los artículos 9 y 16 en su reglamentación, los decretos supremos y las disposiciones legales, que prohíben los despidos injustificados, y peor en tiempos de la cuarentena que vive el país por la declaración de emergencia Sanitaria.
El gerente general Juan Carlos Rivero Jordán, junto a Sr. Pedro Rivero Jordán comunicaron a los dirigentes del STDED que se tenía que hacer una restructuración por la situación de la economía del país y del mundo a causa del Covid-19, que ahondaron la crisis económica que arrastrábamos por la falta de liquidez en el Grupo EL DEBER.
Cabe recordar que en diciembre se cerraron las unidades de negocios EL NORTE Y LA DIVISIÓN IMPRENTA y en el mes de enero, los trabajadores demostrando total desprendimiento, le pusimos el “hombro” para salvar la empresa por lo que acordamos una reducción salarial, con la condición de que los gerentes sean apartados de sus cargos, por su incapacidad y falta de resultados.
Tampoco nos parece correcto que hasta la fecha no se hayan reducido el salario a la gerencia financiera que desde dicha unidad, fue la propuesta de la reducción salarial del 16%, al igual que otras áreas y algunos colaboradores de jefaturas, lo que nos demuestra que dichas personas velan sólo por sus intereses económicos personales, beneficiándose de contratos de servicios en desmedro de la misma economía de la empresa.
Como dirigentes, no estamos de acuerdo con todas estas acciones que vulneran la estabilidad laboral dentro del marco de la CPE en su Artículo 48 I. Las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio. II. Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador. III. Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos. IV. Los salarios o sueldos devengados, derechos laborales, beneficios sociales y aportes a la seguridad social no pagados tienen privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia, y son inembargables e imprescriptibles.
Por lo tanto, nos declaramos en Estado de EMERGENCIA y nos reservamos el derecho a la defensa de los compañeros (as), utilizando las “armas” legales que tenemos las organizaciones sindicales.
Sabemos que estamos en tiempos difíciles, pero si no tenemos lo más importante que genera riqueza dentro de las empresas que es el Recurso Humano, no podremos seguir adelante.
Por la defensa de nuestros derechos
EL DIRECTORIO
Página Siete










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