La Comisión Especial Integral de la Cámara de Diputados recomendó a la Fiscalía solicitar la detención preventiva del teniente Marvin Manzaneda Rojas y del capitán Cristian Augusto Rodríguez Silva, dentro de la investigación por el “caso maletas”, por los posibles delitos de encubrimiento e incumplimiento de funciones.
El 29 de noviembre de 2025, ambos policías recibieron información de la Policía Federal de Brasil sobre el vuelo chárter que llegó a Viru Viru con 32 maletas. La comisión cuestiona que esa alerta no fuera comunicada al Ministerio Público por los canales institucionales correspondientes.
Según el informe legislativo, Manzaneda, funcionario de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), recibió la alerta sobre el vuelo N585JC y la posible presencia de dinero destinado al pago de sustancias controladas. Sin embargo, no remitió la información mediante el conducto regular de la Policía.
El propio oficial reconoció esa situación en un informe presentado el 10 de febrero de 2026. “No fue transmitida por conducto regular”, señaló, de acuerdo con el documento de la comisión al que accedió La Razón.
La información fue compartida por WhatsApp y, posteriormente, Manzaneda la comunicó directamente a Rodríguez, entonces ayudante de órdenes del ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo.
La comisión cuestiona que ninguno de los dos funcionarios haya llevado la información al Ministerio Público para que se active una intervención y requisa de las maletas.
“Información que no fue comunicada por ninguno de los dos funcionarios policiales a la instancia competente (Ministerio Público) para la intervención de acción directa y requisa de las citadas maletas”, señala el informe.
La comisión concluye que esa situación afectó la trazabilidad de la información y retrasó el conocimiento del caso por parte de la Fiscalía. El documento señala que el Ministerio Público tomó conocimiento de esa información recién el 19 de enero de 2026, 51 días después de los hechos.
Respecto a Manzaneda, el informe establece que utilizó “canales informales de comunicación y una vía distinta a la cadena jerárquica policial”, una actuación que, según la comisión, comprometió la trazabilidad de la alerta y puede generar responsabilidades administrativas y penales.
En el caso de Rodríguez, la comisión observó que recibió información sensible mediante WhatsApp y que no existe documentación suficiente para establecer si la comunicó formalmente a la autoridad competente.
El documento, sin embargo, establece una diferencia importante respecto a una eventual responsabilidad del ministro de Gobierno. “No existen elementos objetivos que permitan concluir que el Ministro de Gobierno hubiera conocido, autorizado o dirigido las actuaciones realizadas por el personal policial en el aeropuerto”.
Del mismo modo, el informe advierte que los antecedentes analizados no permiten atribuir por sí solos responsabilidad directa a la máxima autoridad del Ministerio de Gobierno.
La comisión considera que las principales observaciones recaen en el incumplimiento del conducto regular y en la falta de documentación de las actuaciones policiales. Aun así, recomienda a la Fiscalía “aplicar todos los recursos franqueados por ley” para que se emita la medida más gravosa, “detención preventiva”, contra Manzaneda y Rodríguez Silva por los posibles delitos de encubrimiento e incumplimiento de funciones.
Manzaneda enfrenta un proceso disciplinario interno y un proceso penal en etapa preliminar. Rodríguez también tiene un proceso disciplinario y se encuentra dentro de un proceso penal en etapa preparatoria con detención domiciliaria y salida laboral, según el informe.
La comisión además recomendó al Comando Nacional de la Policía remitir los antecedentes de ambos funcionarios para la evaluación correspondiente.
La Razón






